CLÁUSULA TRIGÉSIMA TERCERA. HOSPEDAJE

La empresa proporcionará hospedaje a los trabajadores en habitaciones dobles para dos personas y con camas separadas y de conformidad con el procedimiento y modalidades que mantenga vigente. No obstante lo anterior, aquellos trabajadores que se desempeñen como Jefe de Servicio a Bordo, Tripulante de Cabina Especialista o Vendedor Duty Free, o que tengan una antigüedad en la empresa superior a 30 meses, tendrán derecho a hospedaje en habitaciones individuales.
El hospedaje incluye gasto de lavado y de tintorería, según el procedimiento establecido por la empresa.
Una comisión formada por la Empresa y la Directiva Sindical involucrada, analizará y recomendará regularmente los lugares de hospedaje de las tripulaciones. Cualquier modificación al sistema de habitaciones deberá ser informada al Sindicato, y las mismas no podrán implicar, de ningún modo, menoscabo a las condiciones existentes.
En cualquier caso, el estándar mínimo en normas básicas de infraestructura, seguridad y conectividad para el óptimo descanso y estadía de los hoteles en que se hospedarán las tripulaciones, será el siguiente:

 

Ubicación:
- Máximo a 01:15 hrs., promedio, de tiempo de traslado desde el aeropuerto.
- Hoteles con transporte gratuito a mall, o que por su ubicación dispongan de fácil acceso al sistema de transporte público o sistemas de arriendo de autos.
- Apartado de áreas con índices altos de delincuencia comprobada, agrestes, industriales o muy ruidosas.
- De preferencia establecimientos asociados a cadenas hoteleras de reconocidos estándares internacionales.
Hotel:
- Restaurant, Room Service.
- Seguridad (vigilancia)
- Internet ilimitado en las habitaciones (al menos una hora diaria sin costo en lugares específicos donde tiene un alto costo adicional para la empresa, como PPT y AKL)
- Acceso a zonas de esparcimiento disponibles sin costo (gimnasio-piscina-crew
lounge)
- Descuento en alimentos y bebidas sobre 15% precio de lista
- Servicio de lavandería con un mínimo de tres prendas del uniforme.
Habitaciones:
- Cortinas con Black Out
- Alejadas de áreas de ruido (salones eventos, restaurant, piscinas, etc.)
- Aire acondicionado/calefacción individual
- TV, Reloj despertador y servicio wakeup
- Posibilidad de hospedar acompañante en la habitación

Asignación de Habitación en el Hotel
• En los casos que las habitaciones entregadas no se condigan con las condiciones definidas en el presente Contrato Colectivo y mostradas en las visitas de inspección efectuadas por el Sindicato, se deberá realizar cambio de habitación y de no ser posible que el hotel contratado respete el estándar definido, la empresa deberá proceder al cambio de hotel en los siguientes 3 meses.
• En el caso que existan reiterados casos de esperas prolongadas e injustificadas de entrega de habitación, se deberá buscar una alternativa de hotel en los siguientes 3 meses.
• Se dispondrá de un canal de comunicaciones constante para eventuales contingencias a través de operaciones/movimiento diario.
• Durante el transcurso del año 2018 se designará a una persona en USA para resolver problemas exclusivos en los destinos que la empresa opera en dicho país.
• En casos de espera de más de 1 hora, las tripulaciones podrán optar a habitaciones de mayor categoría, en el caso que el hotel tenga disponible.

Habitaciones para tripulaciones pernoctando fuera de base en Navidad y Año Nuevo
No obstante lo señalado en el inciso primero de la presente cláusula, la compañía otorgará habitación individual a todas las tripulaciones, independiente de su antigüedad en la empresa, que deban pernoctar fuera de su base de residencia las noches del 24 al 25 de diciembre o del 31 de diciembre al 1 de Enero.